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  • Las renovaciones solo se tramitaran del 15 de diciembre al 31 de enero. Si alguien por causa justificada no puede realizar la renovación en este periodo, que nos lo comunique. Los que no comuniquen nada, transcurrido este periodo, no podrán renovar hasta la temporada 2027.

  • Transcurrido este periodo las plazas libres se cubrirán con nuevos socios hasta completas las 400 plazas. 

  • El precio de las licencias es según modalidad.

  • El precio de la cuota 50€.

  • Solo se renovarán licencias por medio de la aplicación o el enlace que os llegara al correo. (se comunicará cuando este activo)

  • Los socios que quieran renovar en el club con licencia tramitada en otro club nos tienen que avisar para que le mandemos el enlace específico, donde además de abonar la cuota tendrá que adjuntar la licencia. 

  • Lo socios que se quieran federar en FADMES y FAE solo pararan la cuota de club una sola vez.

  • Si un socio tiene la intención de renovar una vez transcurrido el periodo del 15 de diciembre al 31 de enero, lo podrá hacer si quedan plazas libres y lo hará como nuevo socio (abonado además de cuota anual cuota de inscripción)

LOS QUE YA ESTAIS EN EL CLUB Y QUEREIS CONTINUAR NO TENEIS QUE MANDAR NADA.

Cambios y nuevas licencias federativas. 

  • El club solo tramitara licencias anuales. 

  • Las licencias de día solo se tramitarán para actividades oficiales del club. (campamento de la escuela, actividades organizadas para el ayuntamiento, pruebas de escalada…)

  • Si no se cubrieran las 400 plazas, a partir de julio, los nuevos socios podrán tramitar la licencia de media temporada. 

  • AMPLIACIONES: Las ampliaciones de licencias solo las podrán hacer los/as titulares de licencia federativa de temporada completa y a licencias de temporada completa. El coste de la ampliación será el resultado de restar al importe de la licencia superior el importe de la licencia inferior + 2€ de gastos bancarios.

  • LICENCIAS NO AMPLIABLES: Las licencias que se describen a continuación no pueden ser ampliadas: · A-REF · A-ESC 1S · A-ESC 2S · A Familiar. · B Familiar. · C Familiar. · A-IS. · A+IS. · A-ESP · A65. · B65. · B-IS. · B+IS. · C-IS. · D2. · Todas las licencias de media temporada.

Renovaciones 2026

Licencias Familia Numerosa A-Familiar / B-Familiar/ C Familiar: 

  1. Para la tramitación de licencias de familia numerosa, será requisito indispensable la presentación en el club de alguno de los siguientes documentos acreditativos, por cada una de las personas beneficiarias: Fotocopia del carnet de familia numerosa. Libro de familia numerosa o resolución de reconocimiento de familia numerosa

  2. Esta tarifa especial será de aplicación exclusivamente a las modalidades A Familiar, B Familiar y C Familiar, y únicamente para la temporada completa. 

 

Licencia A-ESP (Especial): Es una licencia de temporada completa. Licencias para desempleado, estudiantes de formación profesional o Grado Universitario. La documentación que se ha de adjuntar es: desempleados, documentación expedida por el órgano competente; y, para los estudiantes de formación profesional o Grado Universitario deberán enviar certificado expedido por la secretaría del centro. 

 

Licencias A65 y B65: Son licencias de temporada completa que podrán ser solicitadas por personas Mayores de 65 años o que cumplan los 65 años en la temporada actual. La A65 es de ámbito autonómico (Andalucía, Ceuta y Melilla) mientras que la B65 se extiende al ámbito estatal, además de a Andorra, Pirineo Francés, Portugal y Marruecos.

 

NOVEDAD: Licencia A Nacional (A-NAC/A-NAC+): Es una licencia de tipo A con cobertura para la práctica deportiva en España, Andorra, Pirineo Francés, Portugal y Marruecos. Esta licencia es válida para la participación en actividades y competiciones de ámbito autonómico, así como para acceder a los refugios de Andalucía, formaciones y actividades promovidas por la FADMES. No será válida para la participación en competiciones, actividades, y formaciones de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME) ni para el acceso con descuento a Refugios incluidos en el convenio de reciprocidad. Esta licencia no podrá ser el resultado de una ampliación de ninguna licencia anterior.

 

LAS LICENCIAS DE MAYORES DE 65, LAS DE FAMILIA NUMEROSA, LAS DE INCLUSIÓN SOCIAL Y LAS ESPECIALES, NECESITAN SE APORTAR DOCUMENTACIÓN Y TIENEN QUE SER VALIDADAS POR LA FEDERACION ANTES DE PASAR A TRAMITADAS. ESTO QUIERE DECIR QUE EL PROCESO PUEDE TARDAR DE UNA A DOS SEMANAS.

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